"¡Qué pena de los libros que nos llenan las manos de rosas y de estrellas y lentamente pasan!", se lamentaba Federico García Lorca en uno de sus poemas que, afortunadamente, aún no pasó. Como tampoco pasaron otras de sus poesías, obras de teatro o narraciones, escritas, algunas de ellas hace casi un siglo y que desde este año están al alcance de quienes quieran publicarlas, distribuirlas y venderlas o regalarlas. Los derechos de autor del gran trovador granadino son ahora de dominio público en virtud de las normas que rigen la propiedad intelectual por las que el simple paso del tiempo priva a los herederos o editores de los autores cobrar por el usufructo de sus producciones.
También, a partir del primer día de este 2017, se liberaron los derechos de otros grandes escritores españoles, como Miguel de Unamuno y Ramón María del Valle Inclán. Fuera de España, hay que contar a la estadounidense Gertrude Stein y al británico Herbert George Wells, cuyo clásico La máquina del tiempo no tendrá ahora restricciones de circulación.
Es el caso también de John Maynard Keynes, que si bien lo suyo fue la economía política y no la literatura, cuenta con una larga y consultada lista de títulos.
Como suele pasar en estos casos -y se vio con creces cuando hace dos años pasó a dominio público Saint Exupéry y las mesas de las librerías se llenaron de distintas ediciones de El Principito- este contexto favorecería la difusión quizá más masiva de libros como La guerra de los mundos o La máquina del tiempo (Wells) o Tres vidas o Las guerras que he visto, de Stein, entre otros títulos, así como las obras completas de Del Valle-Inclán, muy esperada desde hace años por sus lectores.
Según la legislación española, los derechos de los autores se liberan a partir del 1 de enero del año siguiente de cumplirse los 70 o los 80 años desde su muerte. El primer plazo rige para los nacidos después de 1987, año en el que se modificó la ley que establecía la cantidad de 80 años. Es así con García Lorca, Unamuno y Valle-Inclán quienes murieron en distintas circunstancias en 1936 .
Gran parte de los países -la Argentina entre ellos- disponen el plazo de los 70 años. "Es una tendencia que se está generalizando aun cuando es un tema en discusión", dijo a La Nación la Directora Ejecutiva de Cadra, Magdalena Iraizoz. Venezuela y Honduras fijan un período de 75 años desde la muerte del autor; Colombia, 80 y México, 100 años. Iraizoz informó que hay quienes cuestionan estas normas porque se preguntan por qué los descendientes de los escritores que hacen un aporte importante a la cultura no pueden heredar los derechos de autoría sin fecha de expiración, como lo hacen los familiares de quienes construyen una obra artística o arquitectónica.
Conexiones locales
Más allá del debate teórico sobre la legislación, lo real es que desde ahora también en la Argentina se podrán publicar a esos autores sin tener que pedir autorización a herederos o editores siempre y cuando se trate de la obra en su lengua original y tal como fue ya publicada.
Si fue traducida e inscripta en el registro de propiedad intelectual se generan nuevos derechos de lo que se denomina "obra derivada" y su liberación dependerá de los años de fallecimiento del traductor. En este caso se pueden pagar los derechos de traducción o pedir una nueva traducción y crear una nueva obra.
Así lo dispone la ley de propiedad intelectual (N° 11.723) que protege los derechos de autor en favor de sus herederos durante siete décadas desde su muerte.
Las publicaciones, de todas formas, no son totalmente gratuitas. Una ley argentina prevé que se abone al Fondo Nacional de las Artes, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, el uno por ciento del precio de venta de cada ejemplar de la obra de dominio público reproducida. Con ese dinero, si bien no es mucho, se promueve a jóvenes escritores a través de un premio de cuento, poesía y novela.
Entre los escritores argentinos no figuran este año apellidos de renombre. Los últimos "liberados" fueron Roberto Arlt, en 2013 y Leopoldo Lugones, en 2009. En 2017 se liberan los derechos de autor del rosarino Manuel Carlés, recordado más por su militancia política nacionalista -fundó la Liga Patriótica Argentina- que por sus libros (Organización de la soberanía; República y democracia, entre otros). Carlés es también el autor de la primera ley "de propiedad literaria" (N° 7092), de 1910, inspirada en el modelo europeo.
Para el mercado editorial español el paso al dominio público de los derechos de autor tiene este año implicancias histórico-culturales especiales.
Puentes
Los autores cuyos derechos se liberan ahora son los que murieron en 1936, algunos de ellos bajo el grito de "¡Mueran los intelectuales!", en un contexto de violencia y guerra civil cuyas heridas aún no se han curado del todo. Prueba de ello es el gesto de la Biblioteca Nacional de España: publicó una lista de escritores de renombre y desconocidos que pertenecieron a los bandos enfrentados. La directora de esa Biblioteca, Ana Santos Aramburo, dijo a la prensa: "Ése fue un año dramático en el que se perdió mucho más de lo imaginable. Toca tender puentes, más ahora que los derechos de estos autores quedan a disposición de todos y se multiplican las posibilidades de difusión de sus obras".
Silvina Premat
Diario La Nación
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